La siguiente es la lista de los casos exceptuados del cumplimiento del período de aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Gobierno a raíz de la pandemia de coronavirus, que son los que deben tramitar el certificado antes del 6 de abril próximo.
1
Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
2
Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
3
Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
4
Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
5
Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
6
Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
7
Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
8
Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
9
Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
10
Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
11
Actividades de telecomunicaciones, Internet fija y móvil y servicios digitales.
12
Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
13
Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
14
Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
15
ransporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
16
Servicios postales y de distribución de paquetería.
17
S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.
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